miércoles, 4 de enero de 2012

El Ayuntamiento de Agaete prescribe deuda por valor de 65.613,34 euros

grupo_de_gobierno_en_agaete_3El Ayuntamiento de Agaete ha anulado varios reconocimientos de créditos pendientes de pago, por valor de a 65.613,34 euros.
Según se indica, estos reconocimientos se anulan por haber incurrido en prescripción o error material y corresponden al periodo año 1996 - septiembre de 2007, ambos inclusive.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación ante el Alcalde de este Ayuntamiento de Agaete, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común .

Este recurso se presentará ante el Ayuntamiento o en las Dependencias y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y se entenderá desestimado cuando no haya recaído resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su presentación. Contra la denegación expresa o presunta del recurso de reposición no puede interponerse
de nuevo este recurso, pudiendo los interesados interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de la provincia de Las Palmas, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución expresa, o en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado de forma presunta, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime pertinente.
Alternativamente podrá presentar directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, señalado anteriormente, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Entre los reconocimientos que se anulan se encuentran pagos pendientes a la Sociedad General de Autores , la Mancomunidad del Norte e Infecar, además de empresas, grupos musicales y particulares.

http://www.infonortedigital.com/portada/component/content/article/10642-el-ayuntamiento-de-agaete-prescribe-deuda-por-valor-de-6561334-euros

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