La
interventora del ayuntamiento de Agaete ha vuelto a poner reparos a la
cuenta general del Consistorio correspondiente al 2010.
En la documentación de la Cuenta se
recoge un informe de la Interventora en el que se indica que a lo largo
del ejercicio presupuestario de 2010 y con motivo de la fiscalización
previa de la ejecución de los gastos de personal (nóminas y seguros
sociales) por esta intervención se ha formulado reparo sobre los
siguientes extremos:
a) Las cantidades asignadas en concepto
de productividad y gratificación no vienen justificadas en base a
criterios que hayan sido previamente aprobados, no constando, en algunos
casos, informe del servicio de personal en el que se acredite que se
han prestado servicios especiales por los que proceda abonar cantidad en
concepto de productividad, de acuerdo con la normativa reguladora de
las mismas y lo contenido en el art. 19.1. de las bases de ejecución del
presupuesto municipal. La asignación individual de estos conceptos
retributivos corresponde al Alcalde Presidente dentro de los créditos
globales aprobados por el Pleno Municipal para tales conceptos,
verificándose en todos los casos la existencia de crédito presupuestario
suficiente y adecuado para el reconocimiento de los mencionados
complementos retributivos.
Los reparos por este motivo fueron resueltos por la Alcaldía Presidencia al amparo de lo dispuesto en el art.217.1 del TRLHL.
b) En relación al personal que presta
servicios para la obra Rehabilitación del Antiguo Instituto de Agaete:
Adecuación de Edificaciones (PG 2007/2/EDIFI/1) no existe crédito
suficiente con el que atender las obligaciones derivadas del pago de las
retribuciones del trabajador (nóminas) y cuotas de empresa (seguridad
social) que presta sus servicios para la misma.
Los pagos derivados de las obligaciones
económicas contraídas con los trabajadores y la seguridad social por
este concepto fueron aprobados por la Alcaldía Presidencia con cargo al
concepto no presupuestario 40001 “pagos pendientes de aplicación”, cuya
imputación al mismo fue objeto, asimismo, de reparo por la Intervención
municipal al entender que las mencionadas obligaciones por cuanto que
derivan de obligaciones que traen su causa en la ejecución del
presupuesto municipal debe tener carácter presupuestario. No obstante,
atendiendo a que los servicios para los que fueron contratados habían
sido realizados, y que las nóminas y cuotas a la seguridad social
constituyen pago preferente y obligatorio, es por lo que fue aprobado
por la Alcaldía Presidencia su imputación no presupuestaria.
- c) En lo que se refiere a la contratación de personal, por la Intervención municipal se ha informado, y así se ha hecho constar en los correspondientes expedientes, aquellos casos en los que la modalidad de contrato utilizado no se justifica atendiendo a la prestación de los servicios para los que se propone la contratación así como la selección del trabajador propuesto.
La Interventora del ayuntamiento de
Agaete también puso reparos a las cuentas de 2007 y 2008, y a pesar de
los mismos, al igual que con la Cuenta de 2010, el grupo de Gobierno del
Partido Popular, las aprobó.
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