La
Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno canario, ha
informado sobre el acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio
y Medio Ambiente de Canarias de 19 de mayo de 2011.
El acuerdo es relativo a la exclusión del Procedimiento de Evaluación
Ambiental y aprobación definitiva del Proyecto de Actuación Territorial
para instalación de Planta de Machaqueo de Áridos y Planta Dosificadora
de Hormigón, promovido por Navarro Construcciones y Obras de La Aldea,
S.L., en La Aldea de San Nicolás.
Así, se informa que La Comisión de
Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión
celebrada el 19 de mayo de 2011, en su sede de Las Palmas de Gran
Canaria, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero.- Excluir del procedimiento de
evaluación ambiental el Proyecto de Actuación Territorial para
instalación de Planta de Machaqueo de Áridos y Planta Dosificadora de
Hormigón. Promotor: Navarro Construcciones y Obras de La Aldea, S.L.
Situación: Cañada Honda.
Segundo.- Aprobar definitivamente el
Proyecto de Actuación Territorial para instalación de Planta de
Machaqueo de Áridos y Planta Dosificadora de Hormigón , con publicación
condicionada a que con carácter previo se acredite por el promotor haber
constituido la garantía ante el Tesoro de la Comunidad Autónoma de
Canarias por importe del 20% del coste total de las obras y con el
objeto de cubrir los gastos que puedan derivarse de los incumplimientos o
infracciones o de las labores de restauración de los terrenos.
Tercero.- Encomendar al Director General
de Ordenación del Territorio la facultad de comprobar el cumplimiento
del condicionante a que se refiere el dispositivo segundo y verificado
su cumplimiento, se proceda a la publicación del presente acuerdo.
Contra el dispositivo primero por ser
acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo
dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Contra el acuerdo de aprobación del
presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente
acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública
se opte por efectuar el requerimiento previo, en el plazo de dos meses,
para que anule o revoque el acto.
http://www.infonortedigital.com/portada/component/content/article/6-interes/8928-la-cotmac-da-via-libre-a-la-planta-de-aridos-de-la-aldea
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